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Muchos clientes se confunden cuando les piden no solo una traducción jurada, sino también una legalización o una apostilla. ¿Es lo mismo? ¿Cuál va primero? ¿Siempre se necesitan?
En este artículo te explicamos de forma clara y sencilla qué es cada trámite y cuándo se exige, para que no pierdas tiempo ni dinero.
Es una traducción con validez legal, realizada por un traductor jurado reconocido por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Está firmada y sellada por el traductor y tiene valor oficial en procedimientos administrativos, consulares, judiciales y académicos.
Es un sello oficial que certifica la autenticidad de un documento público (como certificados de nacimiento, matrimonio, títulos, etc.) para que sea válido en otro país firmante del Convenio de La Haya.
La apostilla no traduce el documento: solo valida la firma o el sello del país de origen.
Es un procedimiento similar a la apostilla, pero utilizado para países que no pertenecen al Convenio de La Haya. Consiste en varios pasos administrativos para autenticar la validez del documento original.
Depende del organismo receptor, pero por norma general:
⚠️ Si haces la traducción antes de apostillar, podrías tener que repetir todo el proceso.
No. Depende del país de destino y del trámite:
💡 En ABERDEEN te ayudamos a confirmar exactamente qué necesita tu caso concreto.
No. Son trámites distintos. La traducción jurada traduce el contenido; la apostilla valida el documento original para uso internacional.
No es lo recomendable. La traducción debe hacerse sobre el documento ya apostillado si el país receptor lo exige.
En trámites dentro de España o cuando el país de destino no exige validación adicional. Siempre es mejor consultarlo antes.
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